💡 En las entrevistas de trabajo, la persona candidata a un empleo responde a numerosas preguntas, pero esas contestaciones no equivalen a un consentimiento para el tratamiento de sus datos personales. Por tanto, los datos obtenidos por esa vía, directamente o mediante deducciones (por ejemplo, creencias religiosas o afiliación sindical o política), no pueden ser objeto de tratamiento si no se dispone de una base jurídica.
👉 El empleador que solicite datos de carácter personal en los procesos de selección, dando lugar a discriminaciones contrarias al principio constitucional de igualdad, podría incurrir en una infracción administrativa muy grave.
Para saber más sobre la proteccióndedatos en las relaciones laborales, consulta la guía de la Agencia Española de Protección de Datos sobre esta materia: https://www.aepd.es